lunes, 3 de octubre de 2011

Que es el Concejo Local de Planificación Publica (C.L.P.P.)?



El CLPP es un órgano encargado de la planificación integral del Gobierno Local... responderá a la naturaleza propia del municipio
Objetivos del CLPP
  • Lograr la integración de las comunidades organizadas y grupos vecinales, mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general de Estado, descentralización y desconcentración de competencia y recursos de conformidad con lo establecido en la CRBV.
  • Promover y orientar una tipología de municipio atendiendo a las condiciones de población, nivel de progreso económico, capacidad para generar ingresos fiscales propios, situación geográfica, elementos históricos, culturales y otros factores relevantes.

Funciones del CLPP
  • Recopilar, procesar y priorizar las propuestas de las comunidades organizadas.
  • Impulsar, coadyuvar, orientar y presentar dentro del Plan Municipal de Desarrollo, las políticas de inversión del Presupuesto Municipal de conformidad con los lineamientos del Plan de la Nación, los planes y políticas del Consejo Federal de Gobierno y del Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, con las propuestas de las comunidades organizadas.
  • Presentar propuestas y orientar el Plan Municipal de Desarrollo hacia la atención de las necesidades y capacidades de la población, del desarrollo equilibrado del territorio y del patrimonio municipal.
  • Instar y facilitar la cooperación equilibrada de los sectores públicos y privados para la instrumentación de los planes suscritos.
  • Controlar y vigilar la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo.
  • Formular y promover ante el Consejo de Coordinación y Planificación de Política Pública o el Consejo Federal de Gobierno los programas de inversión para el municipio.
  • Impulsar la celebración de acuerdos de cooperación entre el municipio y los sectores privados, tendentes a orientar sus esfuerzos al logro de los objetivos del desarrollo de la entidad local.
  • Impulsar y planificar las transferencias de competencia y recursos que el municipio realice hacia la comunidad organizada de conformidad con lo establecido en el Artículo 184 CRBV.
  • Impulsar la coordinación con otros CLPP, para coadyuvar en definición, instrumentación y evaluación de planes para el desarrollo de las mancomunidades.
  • Atender cualquier información atinente a su competencia que solicite el gobierno nacional, estadal o municipal sobre la situación socioeconómica y sociocultural del municipio.
  • Proponer al Gobierno Nacional, estadal o municipal las medidas de carácter jurídico, administrativo o financiero, necesarias para el cumplimiento de las funciones y la consecución de los objetivos del municipio y del propio CLPP.
  • Emitir opinión razonada, a solicitud del Alcalde o Alcaldesa, sobre transferencias de competencia que el Ejecutivo Nacional, estadal o el Consejo Legislativo Estadal, acuerden hacia el municipio.
  • Impulsar con el poder nacional, estadal o municipal, así como con las comunidades organizadas, el Plan de Seguridad Local de Personas y Bienes.
  • Coordinar, con el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y el Consejo Federal de Gobierno, los planes y proyectos que estos elaboren en el marco de sus competencias, tomando en cuenta los planes y proyectos locales.
  • Impulsar la organización de las comunidades organizadas integrándolas al Consejo Local de Planificación Pública, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.
  • Interactuar, con el Consejo Municipal del Derecho, en todo lo atinente a las políticas de desarrollo del niño, del adolescente y de la familia.
  • Colaborar en la elaboración de los planes locales de desarrollo urbano y las normativas de zonificación cuyas competencias le correspondan al municipio.
  • Elaborar el estudio técnico para la fijación de los emolumentos de los altos funcionarios de los municipios. A tal efecto, el CLPP solicitará la información necesaria referida al número de habitantes, situación económica del municipio, presupuesto municipal consolidado y ejecutado, correspondiente al período fiscal inmediatamente anterior, capacidad recaudadora y disponibilidad presupuestaria municipal, para cubrir el concepto de emolumentos, a los órganos que corresponda.
  • Elaborar el mapa de necesidades del municipio.
  • Elaborar  banco de datos que contenga información acerca de proyectos, recursos humanos y técnicos de la sociedad organizada.
  • Elaborar la ejecución de los planes y proyectos e instar a las redes parroquiales y comunales, a ejercer el control social sobre los mismos.
  • Las demás que le otorguen las leyes y reglamentos.

Requisitos para registrarse en el CLPP
  • Planilla de Inscripción del Consejo Local de Planificación Pública.
  • Copia del Acta Constitutiva del Consejo Comunal.
  • Copia de la Constancia del Registro SICOM.
  • Copia de Reserva de Denominación emitida por SUNACOOP.
  • Copia de la Constancia de SUNACOOP.
  • Copia Del Rif. Del Consejo Comunal.
  • Copia de C.I. de los 5 Miembro del Banco Comunal.
  • Copia de Certificación Bancaria.
  • Croquis del Ámbito del Consejo Comunal.
  • Copia del Registro del Acta Constitutiva Estatutaria.
  • Solicitud de Recursos.
  • Proyectos Presentados.

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